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Abogado Gustavo Camerlinckx

Estudio Jurídico PENAL-LABORAL
Dr. Gustavo Camerlinckx

Especialistas en Defensas Penales, Accidentes de Trabajo y Tránsito.

Nuestro estudio está integrado por un plantel de abogados y peritos especialistas. Nuestra experiencia, rigurosidad técnica y trayectoria hacen que cada vez más personas confíen en nosotros para garantizar sus derechos.

  • Acuerdos express con Aseguradoras: Resolvemos con velocidad y eficacia.
  • Abogados Especialistas: Peritos médicos y especialistas técnicos a su disposición.
  • ¡Sólo Cobramos si vos ganás! Inicie su reclamo laboral o civil sin gastos ni adelantos.

Áreas de Práctica PENAL

Intervenimos con precisión técnica y estrategia. Analizamos minuciosamente su situación y ejecutamos los pasos legales para salvaguardar su libertad y patrimonio.

Defensa penal ordinaria

Asistencia inmediata desde el inicio del proceso penal, con seguimiento integral de la causa y estrategias para evitar consecuencias graves o prisiones preventivas.

Delitos contra las personas

Defensa en causas por lesiones, amenazas, violencia física y representaciones ante denuncias injustas o exageradas.

Delitos económicos

Defensa especializada en delitos económicos, empresariales, defraudaciones, evasión fiscal y conflictos penales corporativos.

Asistencia en detenciones

Intervención de urgencia ante detenciones policiales, asistencia en declaraciones indagatorias y allanamientos.

Excarcelaciones

Gestión inmediata de excarcelaciones, eximiciones de prisión y recursos técnicos contra medidas de coerción y prisiones preventivas.

Delitos vs la propiedad

Asesoramiento y defensa técnica en causas por robo, hurto, estafas, daños, usurpaciones y conflictos patrimoniales complejos.

Estupefacientes

Asistencia penal inmediata en causas por tenencia, comercialización, allanamientos e intervenciones en el fuero federal o provincial.

Violencia de género

Defensa técnica ante denuncias sensibles, restricciones de acercamiento y manejo estratégico de conflictos familiares complejos.

Delitos informáticos

Defensa en causas de cibercrimen: estafas digitales, suplantación de identidad (phishing), hackeos y vulneración de datos.

ACCIDENTES LABORALES Y ENFERMEDADES PROFESIONALES

No permita que las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) minimicen sus lesiones. La ley argentina (Ley 24.557, Ley 26.773 y Ley 27.348) protege integralmente al trabajador accidentado, obligando a las aseguradoras a brindar cobertura médica total e indemnizaciones actualizadas por índices RIPTE.

Accidentes de Trabajo

Es un hecho súbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo, incluyendo el trayecto entre el domicilio y el trabajo (Accidente In Itinere).

Usted tiene derecho inalienable a:

  • Atención médica, farmacológica y prótesis al 100%.
  • Sueldo pago durante la licencia (ILT).
  • Indemnización económica por cualquier secuela o incapacidad física o psicológica restante tras el alta médica.
Su reclamo es contra la aseguradora, no afecta la relación con su empleador.

Enfermedades Profesionales

Son aquellas patologías generadas paulatinamente por la exposición a agentes de riesgo presentes en su puesto laboral (movimientos repetitivos, ruido, cargas pesadas).

Ejemplos comunes amparados por ley:

  • Hernias discales, lumbalgias y cervicalgias.
  • Hipoacusia (pérdida de audición).
  • Tendinitis, túnel carpiano, várices.
Contamos con peritos médicos propios para evaluar su incapacidad real antes de presentarnos en Superintendencia (SRT).

Calculadora de Indemnizaciones (Ley 24.557 y 26.773)

Estime de forma rápida y orientativa el monto de su indemnización por accidente laboral o enfermedad profesional basándose en las fórmulas matemáticas de la legislación vigente en Argentina.

Calcule su Indemnización Estimada

Promedio del último año trabajado.
Si no lo sabe, coloque un estimado (Ej: 10 al 20%).
Su indemnización estimada sería de:

$ 0.00

Atención: Este resultado es puramente orientativo y no constituye un dictamen legal vinculante. El monto final requiere el cálculo del Ingreso Base Mensual (IBM) con actualizaciones por RIPTE, intereses moratorios y dictámenes de la comisión médica.

Consultar este cálculo con un Abogado

Siniestros y Accidentes de Tránsito

Si usted participó de un accidente de tránsito (choque de autos, motos, transporte público, bicicleta o como peatón), el Código Civil y Comercial de la Nación lo ampara para exigir la reparación integral de los daños frente a la aseguradora del responsable.

Nuestros abogados reclaman todas las partidas indemnizatorias correspondientes:

  • Daño Material: Reparación total de su vehículo (repuestos y mano de obra).
  • Incapacidad Física y Psicológica: Indemnización por secuelas permanentes.
  • Daño Moral: Compensación por el sufrimiento, estrés y angustia padecidos.
  • Lucro Cesante: Ganancias no percibidas durante el tiempo de inactividad o reposo.
  • Daño Emergente: Gastos de farmacia, traslados, médicos y rehabilitación.
  • Privación de Uso: Dinero compensatorio por los días sin disponer de su vehículo.

Las dudas más frecuentes del trabajador:

La ART no distingue antigüedad, dado que es una cobertura de seguros y se aplica al instante de ser dado de alta en su trabajo.

Podemos acompañarte en el reclamo simultáneo contra la ART por su accidente y contra su empleador por las indemnizaciones correspondientes al despido.

Son empresas privadas contratadas por los empleadores. La ART es la encargada de brindar todas las prestaciones médicas y dinerarias previstas por la ley, siempre que reciba una denuncia tanto de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional.

Las contingencias cubiertas por la ART, es decir los considerados infortunios laborales son los accidentes de trabajo (tanto los ocurridos en ocasión de prestar tareas y como los llamados in itíneres) y las enfermedades profesionales.

Debe informar el hecho ante su empleador, quien tiene la obligación de comunicar el accidente o la patología laboral a la ART. Si su empleador se niega a realizarla, llámenos; nosotros lo asesoraremos para realizar la denuncia de forma directa y legal. Siempre consulte con un abogado especialista, así evitará errores perjudiciales para su salud y su bolsillo.

Nuestros Resultados Legales

Casos reales resueltos exitosamente. Liquidaciones emitidas por la SRT y sentencias judiciales ganadas.

Cámara del Trabajo, Córdoba Capital

Resarcimiento económico de $2.654.250,55.-

Obtenido en juicio por enfermedad profesional según leyes 24.557 y 26.773.

Incapacidad parcial, permanente y definitiva del 12,78% de acuerdo a:

  • Síndrome cervicobraquial con limitación funcional
  • Lumbalgia crónica con limitación funcional
  • Gonartrosis bilateral con limitación funcional

Liquidaciones Ganadas (Superintendencia de Riesgos del Trabajo)

Liquidación de Prestación Dineraria
INDEMNIZACIÓN: $ 2.146.646,53.-
Porcentaje ILP: 18.5%
Contingencia: Enfermedad profesional
Empleador: VN GLOBAL BPO S.A | ART: PREVENCION ART

Liquidación SRT 1

Liquidación de Prestación Dineraria
INDEMNIZACIÓN: $ 796.561,32.-
Preexistencias: 5% - Porcentaje ILP: 3.31%
Contingencia: Enfermedad profesional
Empleador: TRANS COOL S.A | ART: ASOCIART

Liquidación SRT 2

Liquidación de Prestación Dineraria
INDEMNIZACIÓN: $ 1.095.804,38.-
Porcentaje ILP: 5%
Contingencia: Enfermedad profesional
Empleador: TRANS COOL S.A | ART: ASOCIART

Liquidación SRT 3

Liquidación de Prestación Dineraria
INDEMNIZACIÓN: $ 4.325.349,83.-
Porcentaje ILP: 18.5%
Contingencia: Enfermedad profesional
Empleador: VN GLOBAL BPO S.A | ART: PREVENCION ART

Liquidación SRT 4

Convenio de Indemnización $6.672.780,61.-

Convenio entre las partes según Art. 4 de la Ley 26.774.

Acuerdo entre partes involucradas: ASOCIART S.A, Empleador, Trabajador y Estudio Jurídico Camerlinckx.

Diagnóstico: Fractura de la epífisis superior del radio Cabeza Cuello Extremo proximal.

Resarcimiento económico de $12.207.327,05.-

Liquidación de la Prestación Dineraria por Incapacidad Laboral Permanente obtenida en juicio ganado por nuestro estudio jurídico contra la Secretaría General de la Gobernación del Gobierno de la Provincia de Córdoba en carácter de empleador.